Confirman condena a empresa constructora que no entregó en tiempo y forma apartamento a sus compradores

La abogada María Paula Garzón, que representa a la parte actora, explicó que ahora se pedirá la liquidación de la sentencia firme y el consiguiente remate del edificio en construcción

El tribunal de Apelaciones en lo civil de 5º turno confirmó un fallo en primera instancia que había condenado a la empresa Amirdel Sociedad Anónima a pagar 550 mil dólares a un matrimonio rosarino que le compró una de las unidades del edificio “Equilibrium” del barrio Rincón del Indio de Punta del Este.
De esta manera el tribunal de alzada confirmó la sentencia en primera instancia de la jueza letrada de 5º turno de Maldonado Claudia Valetti promovida a principios del año pasado.
La abogada María Paula Garzón, que representa a la parte actora, explicó este martes que ahora se pedirá la liquidación de la sentencia firme y el consiguiente remate del edificio en construcción.
Los esposos Maria Cassinerio y Pablo Capomaggi iniciaron las acciones de rescisión del contrato de promesa de compraventa de inmueble celebrado el 30 de enero de 2013 respecto a la unidad“004 del edificio en construcción“Equillibrium”.
Correo de Punta del Este en su edición del 26 de julio del año pasado, informó del fallo en primera instancia que había condenado a la referida empresa a pagar esos 550 mil dólares.
El naufragado proyecto del edificio “Equilibrium” corresponde a una inversión llevada adelante por el empresario rosarino Fernando Gutman en el padrón 11349, de 2021 metros cuadrados de superficie, ubicado en la manzana 897 del barrio Rincón del Indio. La entonces subdirectora general de Planeamiento Urbano y Ordenamiento Territorial, Nélida López Mir, el 17 de octubre de 2012 autorizó el pedido de la misma empresa para demoler una vivienda de 174 metros cuadrados de superficie y en su lugar construir un bloque de 2291 metros cuadrados de superficie. La propuesta se ajustó a los parámetros establecidos por la Ordenanza de Construcción. Este planteo habilitó la construcción de un edificio de cuatro plantas sobre las referidas calles.

Equilibrado
La iniciativa, que fue definida como “el equilibrio perfecto entre el mar y el bosque”, constaba de tres pisos compuestos de quince unidades de dos y tres dormitorios con ascensor de última generación “con cabina de acero inoxidable y espejo”. Además, ofrecía calefacción por losa radiante eléctrica, pisos de porcelanato en todos los ambientes, revestimientos en baños y cocinas en porcelanato, “amoblamiento de cocina bajo mesadas y alacenas enchapados en laminado plástico”.
De forma paralela, el inversor comenzó con la venta de las futuras unidades en la modalidad conocida como “compra en el pozo”, una forma de financiar la obra y evitar el aporte propio o el logrado, mediante líneas de crédito.
Apenas unos meses después de haber conseguido el permiso de construcción, el inversor vendió la futura unidad 004 de planta baja al matrimonio conformado por los esposos María Sol Cassinerio y Pablo Cappomaggi. Tanto Gutman como los compradores son rosarinos de nacimiento y residen en esa ciudad.
La abogada de los compradores, la escribana María Paula Garzón Rivarola, explicó en ese entonces a Correo de Punta del Este que sus clientes pagaron la totalidad del precio de la citada unidad que fue de 310 mil dólares.
“Mis clientes cumplieron con su parte. No deben nada. El contrato estableció que la unidad debería ser entregada a los veinticuatro meses de firmado el acuerdo mediante el envío de un telegrama”; explicó Garzón. “Una vez que mis clientes cumplieron con su parte, se intimó la entrega del inmueble tal como se había acordado. Esto ocurrió el 4 de octubre de 2017. Empero, Amirdel SA no cumplió con su obligación”, agregó. “Pese a que la empresa no cumplió con lo acordado en la referida promesa, se continuó adelantando cuotas hasta llegar a los 275 mil dólares”, agregó. “A la fecha, el edificio no fue terminado y la obra está parada, salvo algunos meses en que se llevó adelante algún tipo de tareas. En el medio quedaron múltiples promesas del señor Fernando Gutman para arreglar la situación. Ninguna de ellas fue cumplida.

Juicio
En aquel entonces, y ante la falta de respuesta tanto de la empresa constructora como del empresario, la abogada María Paula Garzón radicó una demanda en el juzgado letrado de 5º de la ciudad de Maldonado que fue caratulada como “Cassineiro Maria Sol y otro c/Amirdel SA y otro, Rescisión de contrato por incumplimiento, cobro de multa, daños y perjuicios”.
Luego del trámite del expediente, en abril del año pasado la justicia falló a favor de los reclamantes condenando a la firma Amirdel SA al pago de 550 mil dólares. Empero, el fallo dejó afuera al empresario demandado por el matrimonio al acoger el planteo de excepción de falta de legitimación activa de Gutman.
En ese momento Garzón explicó a este medio que una vez conocida la sentencia en primera instancia que sacó de la demanda a Gutman presentó un recurso de apelación por la cuestión de la falta de legitimación activa del empresario resuelto por el primer fallo.
La abogada sostuvo en su escrito, que Gutman no es un mero y simple representante de Amirdel SA. “Gutman, además de ser el presidente de la empresa y único integrante del directorio de la misma, siempre se contactó a título personal como ‘Tato Gutman’, la relación de confianza que entabló el señor Gutman con mis clientes no parece estar representando a nadie, basta ver la prueba allegada al expediente”, explicó la abogada para quien el empresario también debía ser condenado por la justicia y hacerse cargo de los daños y perjuicios generados.

Penal
En ese entonces, Garzón no solo se quedó con el reclamo en la órbita de la justicia civil ya que entendió que sus clientes fueron víctimas de una maniobra delictiva.
Por esa razón, presentó una demanda por la presunta comisión de un delito de estafa. Sin embargo, el 23 de marzo de 2021 la fiscalía departamental de tercer turno de Maldonado sostuvo que “los hechos narrados no constituyen delito, sino un claro incumplimiento contractual que deberá dirimirse en vía civil”. Agregó que, en este caso, “no hay estratagemas o puestas en escena para inducir en error para contratar”. “Hay excusas para no cumplir con lo acordado”, agregó el fiscal Schubert Velázquez-.
Garzón volvió a la carga al ampararse a la norma que habilita a un denunciante o víctima a solicitar a un tribunal, en un plazo de treinta días, a que ordene el reexamen del caso por un fiscal subrogante.
El 25 de junio pasado, fue celebrada la audiencia de re examen en el juzgado letrado de 11º turno en lo penal a cargo de la doctora Ana María Guzmán.
Luego de los testimonios correspondientes, la jueza Guzmán determinó que no existían elementos “objetivos suficientes” que “ameriten la investigación penal que solicitan los denunciantes”.