Dinama: no acercarse a las ballenas

Tras realizarse el lanzamiento de una nueva temporada de avistamiento de ballenas, la Dirección Nacional de Recursos Acuáticos (Dinara) recordó a la población que está vigente la ley Nº 19.128 de 27 de setiembre de 2013 y de los Decretos Nº 261/002 de 10 de julio de 2002 y Nº 238/998 de 2 de setiembre de 1998 relativos a las medidas de protección y conservación de los mamíferos marinos en Uruguay. “En el caso específico de las ballenas, se prohíbe toda actividad que implique disturbio, ahuyentamiento o molestia, así como cualquier acción que altere, destruya, dañe o contamine aquellas áreas naturales de desplazamiento, nado, descanso, reproducción, cría o asentamiento poblacional de estos animales”, señaló. “Salvo que exista autorización expresa, queda prohibido todo acercamiento a menos de 300 metros de estos ejemplares, independientemente del medio utilizado (sea marítimo o aéreo) y del motivo expresado”, agregó el comunicado. “Las infracciones cometidas serán sancionadas conforme a lo establecido por la normativa vigente”, concluyó.