en San Carlos, en la mañana del miércoles el Juzgado Letrado de 1er turno informó sobre el procesamiento con prisión de Walter Alfredo San Juan Fleitas , poseedor de antecedentes penales, de 41 años de edad, imputado de “un delito de atentado violento al pudor agravado por ser la víctima menor de 12 años, por encuadrar su conducta en lo dispuesto por los Artículos 60 y 273 del Código Penal”.
El pasado 13 de los corrientes fue derivada a la Unidad Especializada en violencia Doméstica y de Género de San Carlos, una ciudadana junto a su hija de 10 años, con el fin de radicar una denuncia en contra de su actual pareja por atentado violento al pudor. La denunciante dijo que su hija se domicilia en otro departamento con su padre, y que en ese momento se encontraba de visita en su casa. Luego de levantarse por la mañana la niña le expresó que el imputado había tenido conductas inapropiadas hacia ella antes de irse a trabajar, por lo que la declarante decidió radicar la denuncia.
Sorprendido
La titular de la sede penal de 4º turno también dispuso el procesamiento con prisión de Julio Graciani Rodríguez Bellozo, poseedor de antecedentes penales, imputado por la presunta comisión de un delito de hurto especialmente agravado por la penetración domiciliaria en grado de tentativa.
Hacia las 16:20 horas de la tarde del miércoles el Servicio de Emergencias 911 fue alertado sobre el intento de hurto en una finca ubicada en Blanes y Del Faro, por lo que fue comisionada una unidad policial.
Entrevistados los propietarios manifestaron que al escuchar ruidos en el baño del segundo piso se aproximaron y vieron a un sujeto que forzaba una reja para ingresar a la casa. Cuando el desconocido vio a los propietarios huyó corriendo y subió a un birrodado que lo aguardaba a varios metros. Los efectivos policiales realizaron patrullaje por las inmediaciones y los detuvieron cuando circulaban en una moto tipo px, sin plásticos ni matricula. Poco después, los dos se mudaron a Las Rosas.
Ley de Faltas
La titular del Juzgado de Paz Departamental de 2do turno dispuso la condena de tres personas por incumplimientos a la Ley de Faltas:
– Un ciudadano de iniciales A.F.D.S., de 54 años de edad, deberá prestar trabajo comunitario por el término de 7 días, en calidad de autor responsable de la falta prevista por el Art. Nº 365 numeral 2 (Conducción de vehículos motorizados sin la autorización correspondiente) del Código Penal.
– Un ciudadano de iniciales L.C.D.L.S.C. de 72 años de edad, a prestar trabajo comunitario por el término de 7 días, en calidad de autor responsable de la falta prevista por el Art. Nº 365 numeral 3 (Conducción de vehículos motorizados con grave estado de embriaguez) del Código Penal.