
POR MARCELO GALLARDO – @emepege
El Tribunal de Cuentas insistió una vez con observar el reparto mensual de dinero entre los ediles de la Junta Departamental de Maldonado que los mismos curules votaron en una sesión efectuada siete años atrás.
Cada curul recibirá este año 862.800 pesos, unos 71.900 mensuales. En el ejercicio 2021 se repartieron entre los ediles 780.000 pesos, unos 65.000 mensuales. El aumento entre el 2021 y 2022 es del 10.6 por ciento.
En su anterior observación, el Tribunal de Cuentas rechazó la recomendación de su asesoría jurídica de remitir todos los antecedentes de este reparto a la fiscalía de turno por tratarse de un hecho de apariencia delictiva. El pasado 9 de marzo, el órgano de contralor financiero administrativo estatal se expidió respecto a las nuevas actuaciones remitidas por la Junta Departamental de Maldonado sobre la reiteración del gasto.
Decisiones
Los hechos se remontan a la sesión del 21 de mayo de 2015 cuando una mayoría de 29 ediles aprobó la decisión de la presidencia de la época que dispuso asignar una partida de dinero mensual a cada sector político con representación en el legislativo departamental. La resolución de mayo de 2015 dispuso que esa partida de dinero fuera asignada a cada sector político en proporción al número de ediles que integren el mismo.
En esa misma ocasión los curules establecieron que la referida partida, a distribuir entre ellos mismos, debía liquidarse de forma mensual. Además, que esa cifra debería, en adelante, ajustarse de acuerdo a los mismos porcentajes y oportunidades que los gastos de representación de los diputados. En los hechos, esa partida se ajusta de forma semestral de acuerdo a la variación experimentada por el Índice de Precios al Consumo entre los meses de enero y julio de cada año. Las partidas repartidas entre los treintaiún ediles entre los años 2015 y 2020 fueron sucesivamente observadas por el Tribunal de Cuentas por contravenir lo establecido en los artículos 89º, el literal E del artículo 211º y el 295º de la Constitución de la República. (ver recuadro)
Continuas observaciones
El 5 de enero de 2021, la contadora delegada del Tribunal de Cuentas remitió para su intervención corres-pondiente al ejercicio 2021 de 24:180.000 pesos, monto que el 3 de febrero de 2021 fue observado por el Tribunal de Cuentas de la República.
Semanas atrás, la contadora delegada remitió para la intervención del Tribunal de Cuentas de la República la partida de 26:746.800 pesos que se repartirán los ediles entre enero y julio de este 2022.
Al pronunciarse, el Tribunal de Cuentas de la República recordó que sus observaciones continuaron desde el 2015 sin que la Junta Departamental modificara su proceder.
En esta ocasión, la Junta Departamental de Maldonado informó que esa partida para el semestre en curso, fue asignada para cubrir “asesoramientos puntuales, gastos de materia de transporte y funcionamiento”. Esto no fue aceptado por el Tribunal de Cuentas el que recordó que los gastos de asesoramiento deben ser observados y que fueron establecidos una serie de requisitos para admitir los gastos de transporte (declaración jurada, documentación probatoria, detalle de actividades realizadas; entre otras).
Por estas razones, el Tribunal de Cuentas de la República reiteró una vez más la observación de este gasto.
Artículo 89
Los Representantes durarán cinco años en sus funciones y su elección se efectuará con las garantías y conforme a las normas que para el sufragio se establecen en la Sección III.
Artículo 211
Compete al Tribunal de Cuentas:
LITERAL E) Intervenir en todo lo relativo a la gestión financiera de los órganos del Estado, Gobiernos Departamentales, Entes Autónomos y Servicios Descentralizados, y denunciar, ante quien corresponda, todas las irregularidades en el manejo de fondos públicos e infracciones a las leyes de presupuesto y contabilidad.
Artículo 295
Los cargos de miembros de Juntas Departamentales y de Juntas Locales serán honorarios.
Los Intendentes percibirán la remuneración que les fije la Junta Departamental con anterioridad a su elección. Su monto no podrá ser alterado durante el término de sus mandatos.