Tribunal mantuvo prisión de belicoso joven que atacó a una mujer y atropelló dos veces a un vecino

Sobre la prisión preventiva la defensa sostuvo que su cliente tiene 20 años, no cuenta con antecedentes, está afincado en el departamento y tiene la contención de su familia

POR MARCELO GALLARDO – @emepege

Un tribunal de alzada mantuvo la prisión preventiva dispuesta el pasado 23 de marzo por la jueza Ana María Guzmán contra un sujeto al que la fiscalía le imputó un delito de homicidio en grado de tentativa, otro delito de lesiones personales y uno más por tráfico interno de arma de fuego cuyos signos fueron eliminados. Por la imputación de los referidos delitos, la fiscalía solicitó y logró de la sede a cargo del proceso, la prisión preventiva vigente hasta las 19:00 del próximo 21 de junio del año en curso.
Contra la referida investigación -que incluyó la prisión preventiva del acusado- la defensa interpuso un recurso de apelación por entender como errónea la imputación de un delito de homicidio en grado de tentativa. La defensa apuntó contra la teoría del caso de la fiscalía que imputó el delito como intencional y no como culposo. En cuanto al arma, tampoco corre la imputación, según la defensa, porque la misma no estaba en condición de ser disparada por no contar con el martillo percutor. Sobre la prisión preventiva la defensa sostuvo que su cliente tiene 20 años, no cuenta con antecedentes, está afincado en el departamento y tiene la contención de su familia.

La defensa
“Si la intención de él hubiera sido fugarse no habría procedido como lo hizo, pues en el caso de autos, se presentó voluntariamente. El riesgo de fuga, desapareció cuando él quiso aclarar la situación. En cuanto al riesgo de la víctima, si existe riesgo para la víctima, la solución no es la Prisión Preventiva, pues con otro tipo de medida el mismo se puede evitar, se debe de tener en cuenta que el ordenamiento le da lugar al Principio de Inocencia. Se debe de someter a la persona a Juicio en libertad; b) se pueden disponer otras medidas tales como la prohibición de acercamiento a la víctima, donde los riesgos esgrimidos serían conculcados. La prisión preventiva debería ser la última medida a tomar cuando las medidas anteriores no se han cautelado los riesgos”, aseguró la defensa. El ministerio público por el contrario aseguró que el imputado es un peligro para la víctima.

Los hechos
El imputado fue formalizado en la audiencia celebrada el pasado 24 de marzo de 2022 a partir de los hechos registrados en la noche del pasado 10 de octubre de 2021.
Esa noche, el imputado se encontraba en Sociedad Nativista El Ceibo, había tomado abundante alcohol, y dado que se generó un incidente con una persona que allí estaba, al querer escapar del lugar, tomó a una mujer por el cuello y por detrás.
Esto provocó la reacción de la pareja de la mujer que intervino para liberarla lo que provocó la huida del imputado, que fue detenido por otras personas presentes esa noche en el citado lugar. Poco después, llegó una comisión policial que arrestó al sujeto, en tanto la mujer fue derivada a un centro asistencial de la zona. El médico forense diagnosticó que la mujer presentó lesiones cuyo período de inhabilitación para tareas ordinarias fue estimado en menor a 20 días, tiempo de curación 5 días y sin peligro de vida.
El 23 de marzo de 2022 en horas del mediodía, el imputado circulaba en su vehículo, camioneta marca Fiat modelo Fiorino cuando ve a su vecino, que estaba parado al costado de la Ruta, al lado de su moto con carro.
El acusado ya había tenido un incidente con esta persona con anterioridad. En esta oportunidad, bajó del vehículo con una chumbera en su mano y con la misma golpeó al otro sujeto en la cabeza. Luego de ello, volvió a subir a la camioneta y embistió a aquel en forma intencional pasándole varias veces por encima. La victima resultó herido de gravedad, está internado en C.T.I. y presenta peligro de vida, por lo que hasta el momento no pudo ser interrogado.
En esa misma jornada, la policía inspeccionó el edificio del imputado donde se incautó de la chumbera de aire comprimido y un revólver marca Jaguar largo, calibre 22, el que recibió de persona que no identificó, sin la documentación pertinente y que carecía de martillo percutor.
El tribunal mantuvo la prisión preventiva del acusado aún descartado el peligro de fuga, el peligro para la víctima del delito de tentativa de homicidio justifica confirmar la impugnada y por ello así habrá de decidirse.