Aplican medidas cautelares a un esposo que denunció ser violentado por su esposa

Pese a ser el denunciante, se le impusieron medidas a él, "lo que implica parcialidad de la justicia, falta de igualdad y victimización secundaria", sostuvo la abogada defensora del hombre; por su parte, el abogado de la mujer sostuvo que el hecho de que haya sido el hombre “quien denunció en primer lugar, no lo exime por ello de ser también agresor”

Un tribunal de apelaciones de familia mantuvo a comienzos de abril pasado las medidas cautelares dispuestas por la jueza de primera instancia de 2º turno de violencia basada en género, doméstica y sexual de San Carlos, doctora Lourdes Calcerrada, contra un hombre y su esposa, a partir de una denuncia formulada por el primero por las conductas violentas de la segunda. El caso se remonta al 3 de enero pasado cuando la jueza Calcerrada mantuvo las medidas cautelares dispuestas a fines del 2023 en protección del esposo y que están vigentes hasta el 22 de junio de 2024. Sin embargo, la jueza dispuso también la aplicación de idénticas medidas cautelares en protección de la esposa, las que vencerán el mismo día.
En la audiencia la magistrada exhortó a las dos partes a iniciar tratamiento terapéutico ante sus respectivos prestadores de salud a fin de abordar la nueva etapa que sobrellevan con el objetivo de que los hechos de violencia no se reiteren o agraven.
Asimismo, la magistrada ordenó el envío de un oficio a la Dirección General de Vivienda de la Intendencia de Maldonado para comunicar que ambas partes sufren medidas cautelares y que con motivo de la separación y proceso de protección que se tramita, quien permanece en la vivienda es la mujer con los hijos de la pareja. La jueza también terció en el destino final del celular a nombre de la mujer. Asimismo, dispuso que los dos hijos de la pareja queden con su madre por lo que también se ordenó el envío de un oficio al Banco de Previsión Social a los efectos del cobro de las correspondientes prestaciones. La jueza, en la misma audiencia, fijó un amplio y provisorio régimen de visitas del padre a sus hijos lo que deberá ser coordinado por terceras personas.
La jueza fijó una pensión alimenticia provisoria que deberá servir el padre a sus menores hijos, equivalente a $4000 semanales que deberá depositar todos los lunes en tarjeta MI DINERO a nombre de la mujer en calidad de Administradora. Luego, la magistrada convocó a una audiencia para el pasado 2 de abril. Empero, la abogada del hombre, la doctora Rossana Martínez, interpuso al final de esa audiencia del mes de enero un recurso de apelación contra las decisiones de la jueza.

Agravio
En su impugnación, la abogada Martínez, calificó como un agravio la decisión de la magistrada de imponer idénticas medidas de protección a favor de la denunciada. A su juicio, la jueza no valoró las conductas violentas de la denunciada – concurrencia al domicilio del denunciante, agresiones, daño en celular del hijo, etc. – y pese a ser el denunciante, se le impusieron medidas a él, lo que implica parcialidad de la justicia, falta de igualdad y victimización secundaria, quien resultó agraviado durante el proceso, lo que debe evitarse.
Paso seguido, el abogado de la mujer abogó por la confirmación de la recurrida en el entendido que las manifestaciones de la denunciada en audiencia indican la existencia de violencia psicológica en su contra de parte del denunciante y que éste haya sido quien denunció en primer lugar, no lo exime por ello de ser también agresor.
En tanto, la defensora de los dos niños, María José Laborde, solicitó la confirmación de la impugnada en el sentido que la intención de la decisión de la jueza fue la de proteger a ambas partes y evitar que vuelvan a ocurrir hechos violentos, lo que por otro lado es adecuado para preservar los derechos de los niños involucrados.

Tribunal
El tribunal, luego de escuchar a las partes, mantuvo el fallo de la jueza en primera instancia. Al fallar, tomaron como válido el peritaje de técnicos que concluyó en la existencia de una asimetría entre el denunciante y la denunciada en lo económico y escasa reflexión por ambas partes, constituyendo un modo de relacionarse que es previsible que se reitere. La separación es reciente, los hechos de violencia han aumentado en frecuencia y gravedad y que ambas partes los justifican, y advierten conductas controladoras del denunciante hacia la denunciada. Concluyen que existe un riesgo moderado.
El denunciante expresó en la audiencia: ”lo que no quiero es verla (..) no le tengo miedo, pero no quiero que invada mi casa y haga un escándalo”.
La mujer expresó: “es verdad que yo me desacaté, le grité, fui a su lugar de trabajo y a su casa, pero yo no lo lastimé. Cuando el 21 de diciembre fue a la casa…él me dijo que no me iba a ayudar… empezamos a intercambiar palabras, yo me alteré, me arrepiento… le reclamé que no me estaba ayudando económicamente, ni con los niños… agarré mi acolchado, vi mi campera y mi casco… dije me voy a llevar eso también, me dijo no te pertenece… me empujó y yo lo empujé, pero no lo lastimé”.
La denunciada agregó: “Me ha insultado, me ha hecho mucha manipulación, malas palabras… puta, traicionera, sos lo peor, sos igual a tu madre”.