Condómines de Punta del Este litigan por el uso de una cochera

edificiospta1La puja por la cochera de una de las torres más lujosas de Punta del Este terminó en el ámbito judicial y llegó luego a un tribunal de apelaciones. El litigio involucró a los propietarios de las unidades 802 y 901 del edificio Malecón II ubicado en primera fila sobre la rambla Claudio Williman. El propietario de la unidad 901, un ciudadano argentino identificado como Salón Sedler, usufructuó durante treinta y dos años la cochera identificada con el número 16 pero, según otra vecina, eso se había producido por “error” puesto que era a ella que le correspondía ese lugar.

Como se sabe, todo garage de edificio, por más amplio que sea, tiene sus limitaciones de maniobra y a veces estacionar un automóvil tiene lo suyo.

Durante años Sendler tuvo a su disposición la mejor cochera de todas, de rápido acceso y de iguales condiciones de salida. Pero todo llega a su fin y el largo período de treinta y dos años culminó el 21 de enero de 2011. Ese día Sendler encontró a otro automóvil en la cochera que siempre había usado en el edificio.

La propietaria de la unidad 802, la también argentina Camila Pedreira, había estacionado su moderno automóvil en lo que consideraba su lugar de estacionamiento.

¿Qué había sucedido? Pedreira había consultado el plano de agrimensura y las escrituras de compraventa del edificio donde, como es de norma, se asignan las cocheras del garage a cada una de las unidades. Allí había descubierto que la codiciada cochera Nº 16 le correspondía a su apartamento e intentó subsanar el entuerto por las buenas.

Acuerdo frustrado

A juicio de Sendler, ese día su vecina usurpó maliciosamente y sin justificación su cochera, según sus propios términos. Según se desprende de la demanda, que radicó en el juzgado civil de 7º turno de Maldonado, el despojo de la cochera se realizó de manera violenta, afirmó.

En tanto, al contestar la demanda, Pedreira se limitó a expresar que no había ejercido violencia alguna al tomar posesión de la cochera. Muy por el contrario, sostuvo que le había sido adjudicada de acuerdo al plano de fraccionamiento individual y las respectivas escrituras de compraventa de las unidades del Malecón II.
En las actuaciones judiciales quedó probado que una vez que se enteró de la existencia de sus derechos sobre la cochera, Pedreira intentó por todos los medios llegar a un acuerdo amigable con su vecino.

”El haber hecho aquella uso de su legítimo derecho no implica violencia alguna, desde que la ocupación del espacio en cuestión se realizó sin retiro de bienes del lugar y sin lesión de ningún otro bien. Simplemente, ante la postura del actor de mantener el uso de una cochera que había ocupado por error durante varios años, la demandada procedió a ocuparla, con pleno conocimiento de aquel y de los integrantes de la comisión del edificio, a quienes les envió una nota en los siguientes términos: “A pesar de que esto es un tema de las unidades 802 y 901 y habiendo insistido con la Sra. Clarita (se refiere a la esposa del actor) de mantener un diálogo como buenos vecinos y poner en orden las numeraciones y el uso del garaje como corresponde, sin haberlo logrado, hoy como propietaria de la unidad 802 y cochera Nº 16, he tomado la decisión de hacer uso de mi garaje, habiéndole enviado la nota que les adjunto”, sostuvo la demandada.