
Un tribunal de apelaciones mantuvo la prisión preventiva de un joven imputado de los delitos de “violación de domicilio agravado en concurso fuera de la reiteración con un delito de hurto, otro delito de violación de domicilio, en concurso fuera de la reiteración con un delito de hurto agravado de tentativa y un delito de hurto agravado todos ellos en reiteración real entre sí”.
El caso del referido joven fue formalizado por decisión en primera instancia de la jueza letrada de 11º turno de Maldonado, doctora Sylvana García del pasado 24 de mayo de 2023. La referida magistrada dispuso esa fecha la imposición “al imputado en carácter de medida cautelar, la prisión preventiva por el plazo de cuarenta y cinco días de conformidad con lo dispuesto con los arts. 223. 224, 226 literal a y 227 numeral 2. Comuníquese a la autoridad encargada de su cumplimiento”.
Fiscalía y defensa
En el debate previo a la decisión de la jueza, la fiscalía pidió la prisión preventiva por entender que existe en este caso el peligro de fuga del acusado y la eventualidad de que siga cometiendo otros delitos si permanece en libertad. “El imputado está en situación de calle como lo expresó la Defensa y no tiene un trabajo, el peligro de fuga no se refiere solo a irse del país, sino a la posibilidad de ocultamiento de la justicia o dificultad para su ubicación a efectos de que comparezca al proceso.”, argumentó la fiscalía. La defensa del joven se opuso a la referida medida cautelar solicitada por la fiscalía en contra de su cliente ya que entendió que, si bien su cliente se encuentra en situación de calle, lo que calificó como situación penosa, “no se lo puede estigmatizar por esa condición. Él tiene el domicilio de la madre, ella está dispuesta a brindar ayuda a su hijo. El riesgo de fuga puede neutralizarse con un arresto domiciliario”.
En el debate, el propio acusado explicó que luego del fallecimiento de su padre puso distancia con los demás integrantes de su familia. Luego de escuchar a las partes la magistrada impuso la medida cautela de prisión preventiva a la espera del resultado de otras actuaciones.
La defensa apeló la decisión de la magistrada por entender en lo que tiene que ver con la semiplena prueba esta no destruye el principio de inocencia y no se debe de perder el fin cautelar que tienen las medidas cautelares que es asegurar la sujeción del imputado al proceso y no así discutir su grado de culpabilidad o no, que queda reservado al juicio oral.
Hechos
El 5 de mayo del 2023 en horas de la madrugada el imputado ingresó al garaje del edificio “Villamar” sito en Rambla y parada 23 y del interior del vehículo Kia Picanto sustrajo un chaleco y monedas extranjeras todo lo cual fue evaluado por la denunciante en 2500 pesos. Su accionar quedó registrado en las cámaras de filmación del edificio.
En horas de la tarde del día 2 de mayo del año en curso, el imputado ingresó al patio de la casa del Sr. BB sita en calle Malvín, siendo el nombre de la finca “Arte” y forzó la puerta de un galpón y de su interior sacó una garrafa de 13 kg retirándose sin dicho efecto porque arribó al lugar el denunciante. La garrafa quedó acondicionada para ser llevada al lado del portón de la finca. El accionar del imputado quedó registrado en la Cámara de vigilancia del inmueble.
En horas de la mañana del día 22 de mayo del año 2023, el imputado circulaba por calles Florida y Sarandí y al pasar por el comercio XX sustrajo una bicicleta negra. En horas de la tarde fue detenido por la policía circulando en la bicicleta sustraída. La encargada de XX hizo la denuncia correspondiente
En el caso la Defensa apela y se agravia porque la sentenciante acogió la medida cautelar solicitada por la Fiscalía y dispuso la prisión preventiva en base al riesgo de fuga por el desarraigo del imputado. En cuanto al peligro para la sociedad invocado también por la Fiscalía, el mismo no fue el fundamento principal en el que se basó la recurrida, considerando que este riesgo “es manejable, no es un argumento único.”
El tribunal mantuvo la prisión preventiva











