El edil frenteamplista del MPP (Movimiento de Participación Popular), Joaquín Garlo, propuso el pasado martes en la Junta Departamental que se trabaje para designar a un defensor del vecino o ombudsman en el departamento. Retomando una iniciativa que data de hace más de diez años, el legislador pidió crear una comisión para seleccionar o recomendar quién podría ocupar ese cargo. Garlo pidió que el tema fuera tratado con urgencia y estimó que la figura es necesaria para “fortalecer la democracia”.
El edil del MPP fundamentó su propuesta en el Decreto Departamental 3778, del 16 de mayo del 2003 que al menos teóricamente creó la figura del Defensor del Vecino en Maldonado para “colaborar en las funciones de contralor atribuidas a la Junta Departamental por el artículo 273 de la Constitución Nacional”. El decreto surgió hace doce años a raíz de una elaborada propuesta del entonces edil Álvaro Villegas que, a su vez, se inspiró en una iniciativa de su colega Gastón Pereira.
Derechos
Garlo recordó que una vez que se creó la figura del Defensor del Vecino en Maldonado, el departamento de Montevideo hizo lo propio y designó para el cargo a Fernando Rodríguez, quien fue el primer ombudsman uruguayo. Asimismo, indicó que en la capital, la defensoría del vecino funciona de manera “espectacular” en la capital.
Asimismo, precisó que en Maldonado la idea es que le ombudsman contribuya a hacer respetar los Derechos Humanos, también el cumplimiento de los servicios y a la transparencia de la gestión. El defensor podrá vigilar al gobierno departamental, controlar la eventual irracionalidad de la gestión y fiscalizar el trabajo de los funcionarios.
Garlo instó a los ediles a acompañarlo y la propuesta fue votada de forma afirmativa, por lo que pasó a la Comisión de Legislación. Curiosamente, durante el gobierno del Frente Amplio, de 2005 a 2015, el tema no fue planteado nunca en la Junta Departamental.
En el decreto 3778 se prevé que la designación del Defensor del Vecino se apruebe con 4/5 de los votos de la Junta para lograr un amplio acuerdo entre todos los partidos políticos.
Una figura de consenso
El defensor del Pueblo, a menudo llamado con el término sueco Ombudsman, (comisionado o representante), es una autoridad estatal encargada de garantizar los derechos de los habitantes ante los abusos que puedan hacer los poderes políticos, en su caso, legislativo de ese mismo Estado. Algunos autores defienden que el Justicia de Aragón es el precursor del Defensor del Pueblo. Hay controversias si procede de la Constitución Sueca que estableció dicha figura en 1809 para dar respuesta inmediata a los ciudadanos ante abusos de difícil solución por vía burocrática o judicial o de la figura del Procurador o protector universal de todos los indígenas de las Indias de 1516.
En los países hispanohablantes se denomina comúnmente Defensor del Pueblo, mientras que en los países francófonos suele llamarse Médiateur de la République y en las regiones catalanófonas Síndic de Greuges. Algunos países también lo han titulado Defensor de los Ciudadanos.
Según informa un artículo de Wikipedia, “mientras el Ombudsman fue diseñado para supervisar la Administración pública, el Defensor del Pueblo utiliza esta supervisión como instrumento para defender los derechos y libertades fundamentales”.
“La legitimación democrática del Defensor del Pueblo es indudable, pues en todos los casos procede de la elección parlamentaria, con mayoría cualificada y tras debate público sobre la figura del candidato. Sin embargo, es independiente del Parlamento, el cual no puede enviarle instrucciones ni cesarle, salvo por causas tasadas. Se ha señalado en los derechos humanos que la efectividad de esta figura queda limitada por su incapacidad de imponer coactivamente sus decisiones a las autoridades concernidas. Su capacidad de control reside sobre todo en la razonabilidad o persuasión de sus argumentos, por lo que adquiere un carácter más político que judicial. Sin embargo, la experiencia demuestra que buena parte de sus recomendaciones suelen ser atendidas por los poderes públicos. En algunos países, el Defensor del Pueblo tiene capacidad para presentar acciones o recursos ante la Corte Suprema o el Tribunal Constitucional, en su caso”, agrega la nota.