Chihuahua Club SA pidió y obtuvo la declaratoria de concurso voluntario por veintidós millones de dólares

El juzgado letrado de concursos de 2º turno convocó a la junta de acreedores para las 15:00 del 25 de octubre; del total del monto adeudado existe una hipoteca sobre el padrón por unos quince millones de dólares

El proyecto “Marinas de Punta del Este” consistía en la construcción de nueve edificios de apartamentos, 142 lofts, 90 residencias particulares y demás infraestructura de servicios

La empresa Chihuahua Club Sociedad Anónima, que lleva adelante desde los años noventa la propuesta de construir el boating club “Marinas de Punta del Este” en la desembocadura del arroyo El Potrero en la bahía de Portezuelo pidió y obtuvo del Poder Judicial su declaratoria de concurso voluntario con el objetivo de enfrentar un pasivo de veintidós millones de dólares.
El juzgado letrado de concursos de 2º turno declaró el concurso voluntario de la citada empresa al tiempo que en la misma resolución designó como interventor al doctor Alfredo Ciavattone que co-administra los bienes. Asimismo, la sede decretó la moratoria provisional de los activos de la referida empresa ahora concursada.
En la misma resolución la sede convocó a la junta de acreedores para las 15:00 del próximo 25 de octubre.
Según pudo establecer Correo de Punta del Este del total del monto adeudado existe una hipoteca sobre el padrón por unos quince millones de dólares. La empresa no enfrenta ningún tipo de demanda por sueldos impagos. En esa audiencia del 25 de octubre la empresa deberá presentar la propuesta de pago de la suma adeudada. Por lo pronto, la sede designó al reconocido martillero público Héctor Bavastro para no solo tasar el predio de cuarenta hectáreas sino para, llegado el momento, proceder a la venta en pública subasta. El predio en cuestión tiene una superficie de cuarenta hectáreas sobre la margen sudeste del curso del arroyo El Potrero. La norma vigente establece que el deudor tendrá la obligación de solicitar su propio concurso dentro de los treinta días siguientes a que hubiera conocido o debido conocer su estado de insolvencia. En el caso de las personas jurídicas, la obligación recae en cada uno de sus administradores, liquidadores o integrantes del órgano de control interno.
El concurso será voluntario cuando sea solicitado por el propio deudor, a condición de que no exista una solicitud de concurso previa, promovida por alguno de los restantes legitimados legalmente. El concurso será necesario en los restantes casos

Historia
Aunque la iniciativa de construir el proyecto ahora concursado se remonta a inicio de los noventa, en todos estos años de trámites la empresa no ha colocado un solo ladrillo. El 26 de febrero de 1992, por Resolución del Poder Ejecutivo, se dispuso aprobar el anteproyecto de las obras de protección externa, acceso marítimo y canales, presentado por la empresa CHIHUAHUA CLUB S.A., para la construcción de una marina de embarcaciones deportivas, viviendas privadas y servicios, y otorgar a la misma una concesión de uso exclusivo, privativo y gratuito de parte del álveo del Río de la Plata y de sus aguas, para llenar y mantener los canales de acceso e interiores.
Años después, el 3 de diciembre de 1997, el Poder Ejecutivo ratificó la resolución referida, aprobándose por Resolución Ministerial de fecha 2 de enero de 2007, el proyecto definitivo para la concesión de uso de un álveo y espacio de aguas frente a un predio de propiedad de la misma SA, y se ratificó el plazo para el inicio de la obra en doce meses contados a partir de la suscripción del contrato de concesión.
Con fecha 8 de marzo de 2013, se suscribió el contrato entre el Ministerio de Transporte y Obras Públicas y CHIHUAHUA CLUB S.A., que introdujo en la Cláusula Segunda una modificación al objeto de concesión, aprobándose la propuesta modificativa del proyecto del emprendimiento de fecha 12 de agosto de 2011, concediéndole el uso exclusivo, privativo y gratuito de parte del álveo del Rio de la Plata que se indica como fracción A, dos fracciones de álveo del arroyo El Potrero, que se indican como fracción E y fracción G, y de las áreas indicadas como fracciones B, C y D de propiedad del Estado y de la fracción F, correspondiente al área portuaria interna de amarre de la marina a construir, todas las cuales se detallan en un plano de mensura de fecha 30 de enero de 2012, del ingeniero agrimensor Sergio Bonilla incluido en el Anexo V del referido contrato.

Prórrogas y más prórrogas
Atendiendo a lo establecido en la cláusula tercera, se dispuso que comenzara a computarse el plazo de concesión de cincuenta años, los que serían contados a partir de la notificación de la Resolución del Poder Ejecutivo de fecha 17 de abril de 2013. Por Resolución del Poder Ejecutivo de fecha 9 de setiembre de 2014, en el Numeral 1.- se autorizó una prórroga de 8 meses para el inicio de las obras portuarias, solicitada por la Concesionaria. Por Resolución del Poder Ejecutivo N° 137/016 de fecha 14 de marzo de 2016 se autorizó, a solicitud de CHIHUAHUA CLUB S.A., en el Numeral 1.- una nueva prórroga de veintiún meses contados a partir del 19 de diciembre de 2014, para comenzar las obras portuarias, y en el Numeral 2.- una prórroga de 17 meses contados a partir del 19 de abril de 2017 para la finalización de las obras; disponiendo además que la Concesionaria deberá dar estricto cumplimiento a los plazos previstos para su realización, caducando en caso de no respetar dichos plazos, todas las autorizaciones y permisos otorgados.
El 28 de febrero de 2020, el último día de su mandato, el presidente Vázquez dio otro plazo de noventa días para el inicio de obras. En el actual período del presidente Luis Lacalle Pou el proyecto recibió nuevas autorizaciones de prórroga. Inclusive, se manejó en el 2021 que el propio Lacalle Pou participaría del acto de colocación de la piedra fundamental de la obra. Sin embargo, este acto nunca se cumplió.

Proyecto edificios
El proyecto “Marinas de Punta del Este” consistía en la construcción de nueve edificios de apartamentos, 142 lofts, 90 residencias particulares y demás infraestructura de servicios como el caso de medio millar de amarras desplegadas en once muelles y dos canales de acceso y salida al mar.
El puerto ocuparía la mayor parte de la palaya Chihuahua y la villa apuntaba a albergar alrededor de tres mil personas en 502 unidades habitacionales y se planeaba la construcción de dos espigones de 125 metros de largo. El lote se encuentra sobre la margen norte del arroyo El Potrero casi en su desembocadura en el Río de la Plata.
El proyecto cobró notoriedad a partir de una serie de decisiones adoptadas tanto por el gobierno nacional encabezado por el entonces presidente Tabaré Vázquez como por la Intendencia Departamental de Maldonado, y por la controversia que involucró a los responsables del proyectado complejo y al multimillonario Alexandre Grendene, quien posee allí un predio de 120 hectáreas, en la margen Oeste del arroyo El Potrero, que se vería afectado por las obras.