Dirección Nacional de Casinos y Argentino Hotel suscribieron nuevo contrato de arrendamiento por la sala ubicada dentro del complejo

El precio del arrendamiento mensual pactado entre el estado y el concesionario del Argentino Hotel será el resultado de convertir el equivalente 178.068,955 unidades indexadas, unos 1:095.106 pesos mensuales

El presidente Luis Lacalle Pou actuando con los ministros de Economía Finanzas, Azucena Arbeleche, y de turismo Eduardo Sanguinetti autorizó a la Dirección Nacional de Casinos a suscribir el acuerdo transaccional y la rescisión del contrato de arrendamiento de 31 de octubre de 2019 firmado por la empresa Nifelar Sociedad Anónima, concesionaria del Argentino Hotel de Piriápolis.
El plazo de alquiler por diez años podrá renovarse de forma automática por otros cinco años más. En la misma resolución el primer mandatorio autorizó a la misma repartición a suscribir de forma directa el contrato de arrendamiento por un plazo de diez años por las áreas en las que hoy funciona el Casino del Estado, en parte del inmueble padrón número 3878 de la localidad catastral Piriápolis, con destino al funcionamiento de una sala de juegos de azar, con la firma NIFELAR S.A.. El precio del arrendamiento mensual pactado entre el estado y el concesionario del Argentino Hotel será el resultado de convertir el equivalente 178.068,955 unidades indexadas. La referida suma equivale a 1:095.106 pesos mensuales, suma que se reajustará a los doce meses de la fecha de celebración del contrato, por la variación del índice de Precios al Consumo, operada en ese período y así sucesivamente, por el plazo pactado y hasta la entrega del bien.

Antecedentes
El Poder Ejecutivo por resolución del 16 de setiembre de 2019 autorizó la contratación de la empresa Nifelar Sociedad Anónima. El 31 de octubre de 2019 se firmó el contrato de alquiler por un plazo de quince años de parte del local entre la concesionaria y al Dirección General de Casinos del Estado. El plazo de quince años contados a partir de su vigencia, que operaría a partir de la recepción de conformidad de las obras comprometidas en el mismo, se fijó en seiscientos treinta días.
Dicha obligación preliminar no se cumplió y con fecha 15 de julio del 2022 la empresa se presentó ante la Dirección General de Casinos con una solicitud de modificación del contrato del Arrendamiento, en cuanto a la ubicación de la sala de casino y al precio de arriendo, de acuerdo a los motivos explicitados en la referida solicitud.
Dicha propuesta de modificación consistió en: a) que Casinos continuara ocupando el comedor principal dentro del Argentino Hotel por lo que se modificaría el metraje, b) en la disminución del precio y c) que se dejen sin efecto las cláusulas relativas a la construcción de un nuevo edificio dentro del establecimiento del Hotel Argentino.
La propuesta pasó a estudio del Área Comercial de Casinos del Estado que se expidió respecto a la ubicación estratégica que posee el Casino del Estado Piriápolis dentro de las instalaciones del Argentino Hotel desde hace más de cuarenta años, con público afianzado al lugar, por lo que es una locación que reúne condiciones únicas para la explotación.
Luego le tocó el turno al Ministerio de Turismo cuya Asesoría Técnica no realizó objeciones a la instalación del casino dentro del hotel, donde se encuentra actualmente, ya que no modifica sustancialmente la oferta presentada en la licitación pública del año 2017 que ganó la empresa Nifelar Sociedad Anónima.
Elevado el expediente al Ministerio de Economía y Finanzas a efectos de su consideración, señalando que hasta el momento la DGC ocupa el local a título gratuito y solicitando autorización para rescindir la actual contratación y comenzar a negociar un nuevo vínculo entre las partes, se requirió ampliar la información y el análisis.
Por esta razón el Área Comercial de la DGC, el 12 de abril de 2023, informa nuevamente sobre la conveniencia de mantener la explotación del Casino Piriápolis en la actual ubicación al interior del Argentino Hotel de Piriápolis, así como ratifica que la misma es única e insustituible.
Asimismo se expidió la Unidad Asesoría Letrada de la DGC el 2 de junio de 2023 que sugirió que se procediera a rescindir el contrato cuya obligación preliminar no se cumplió, realizándose un acuerdo transaccional y obligándose a celebrar un nuevo arrendamiento (con las nuevas áreas) en el que la DGC descuente del arriendo los días que se computen de incumplimiento y sus consecuentes penalidades.