
El Tribunal de Apelaciones en lo Civil de 3º turno de Montevideo anuló el fallo en primera instancia que había desestimado el incidente de nulidad interpuesto por la Intendencia de Maldonado en el millonario juicio que le inició la empresa Ramón C. Álvarez.
La mencionada firma enjuicio a la Intendencia de Maldonado por los daños y perjuicios causados por la resolución del 8 de diciembre del 2008 que la retiró del servicio de recolección de residuos, concesión que fue cedida a la actual prestadora Consorcio Ecotecno.
La parte actora había denunciado que la Intendencia Municipal de Maldonado no se había presentado dentro de los plazos legales y por lo tanto no había contestado su demanda.
La parte actora presentó como prueba el cedulón entregado en la Intendencia al comenzar el juicio, el que tenía borroneada la fecha en que se había producido la citación.
La jueza en primera instancia sostuvo que la notificación fue correcta y que la administración no se presentó en tiempo y forma.
Los abogados municipales sostuvieron, al iniciar el incidente de nulidad, que las irregularidades registradas en la notificación provocaron un grave perjuicio a la administración porque no se le dio la oportunidad a su derecho a la defensa.
Durante la instrucción del caso quedó claro que el cedulón recibido por la Intendencia tenía como fecha el día 26 “sin salvedades, ni recaudos”. “Los recaudos de respaldo (copias) del juzgado notificador tienen constancias de que se había enmendado ‘25’ sustituyéndolo al ‘26’”, se lee en la demanda.
Asimismo, la funcionaria judicial encargada de la notificación aseguró que efectuó la misma el día 25. “Pero ello debe cotejarse con el respaldo documental. Es de ver que la Intendencia selló estas notificaciones del ‘26’. El enmendado del juzgado es deficiente, al punto que sobreescribió sin salvar en uno de los casos. El enmendado es de tales condiciones de irregularidad que no puede tenerse por bien hecho”, sostiene el fallo en segunda instancia que revocó la sentencia original.
Juicio
La polémica por el cedulón sobrerraspado y con fecha incierta no termina por lo que todavía falta otra instancia más. Ahora, será la empresa Ramón C. Álvarez la que apelará el fallo en segunda instancia negativo para sus intereses.
El Código General del Proceso establece que el recurso de casación ante la Suprema Corte de Justicia procede contra las sentencias interlocutorias cuando la misma en segunda instancia revoque la primera. Esto sucederá siempre y cuando el monto de la demanda supere las 4.000 unidades reajustables.
Según trascendió en las últimas horas, el monto reclamado por la firma Ramón C. Álvarez es de 46:287.480 pesos.
Conferencia de prensa
En las últimas horas, la Intendencia Municipal de Maldonado emitió el siguiente comunicado: “El gobierno departamental realizará una conferencia de prensa para informar sobre la situación actual del proceso judicial en referencia a la empresa Ramón C. Álvarez -la cual proporcionaba el servicio de recolección de residuos en el departamento de Maldonado-. El acto se llevará a cabo en el 5ºA del Edificio Comunal.
La Intendencia de Maldonado informará a la ciudadanía sobre la situación actual en la que se encuentra el proceso judicial con la empresa Ramón C. Álvarez (Consorcio Ecológico S.A.), la cual efectuaba el servicio de recolección de residuos en el departamento de Maldonado.
La conferencia de prensa se desarrollará el miércoles 18 de junio, a las 10 horas, en el 5º piso A del Edificio Comunal y contará con la presencia de autoridades departamentales y, especialmente, de la encargada de la Dirección General de Asuntos Legales de la IDM, María del Carmen Salazar”.