
Un tribunal de apelaciones revocó días atrás la prisión preventiva de un sujeto acusado por la fiscalía de ser el autor de la rapiña registrada a las 13:30 del 29 de marzo de 2022 en el local de cobranzas de RedPagos del Barrio Norte de la ciudad de Maldonado. El fallo en alzada dispuso en su lugar el arresto domiciliario total del acusado que desde fines de noviembre lo cumple en el domicilio fijado.
El tribunal de apelaciones atendió el recurso de apelación presentado por los dos abogados del imputado contra el fallo del 29 de setiembre pasado del juez penal de 4º turno de Maldonado, Sebastián Amor, que resolvió ese día “ampliar las medidas cautelares dispuestas por un plazo de noventa días que debería finalizar el pasado 25 de diciembre.
La Defensa del imputado interpuso recurso de apelación contra la referida resolución, aseverando que la actividad administrativa de la fiscalía, a través de las reiteradas solicitudes de prórroga, entorpece la posibilidad de acceder a un tipo de medida menos gravosa de lo que es la prisión preventiva.
Respecto al riesgo para la víctima, se señala que en su declaración, ésta dice que no identifica a su victimario, tenía el rostro cubierto la persona que rapiña al Red Pagos, por lo que no sería perjudicial para el caso que AA pudiera intentar cambiar su declaración porque en definitiva no identifica a la persona que hizo la rapiña.
Antecedentes
Los hechos relacionados en la acusación fueron los siguientes: “En horas de la tarde del 29 de marzo de 2022, aproximadamente a las 13:30 el imputado, AA , quien circulaba en una bicicleta marca Gt de color blanca, ingresó al local comercial “Red Pagos”, ubicado en Ferreira Aldunate, Barrio Norte de esta ciudad, llevando consigo una botella con líquido dentro. Una vez allí se dirigió al empleado denunciante XX, quien se encontraba atendiendo el local detrás de una ventanilla y le exigió que le diera dinero amenazándolo con que sino iba a prender fuego el local, tirando al suelo parte del líquido que llevaba dentro de al botella. La víctima amedrentado le entregó 43.000 pesos efectivos.
Por las cámaras
El imputado se retiró del lugar en la bicicleta llevando el dinero, dejando tirado en el lugar un billete de 500 pesos humedecido con la sustancia líquida desparramada por él. El denunciante inmediatamente radicó denuncia policial aportando descripción física y vestimenta del imputado, haciendo mención a que llevaba puesta una gorra tipo visera con una letra B al frente, concurriendo al lugar funcionarios del Distrito II Área de Investigaciones de esta ciudad. Quedó registrado en las cámaras de C.C.U el recorrido del imputado desde el Barrio San Gabriel hasta llegar al lugar del hecho y retirarse del mismo. Asimismo, el hecho quedó registrado por las cámaras de seguridad del local (…). Del análisis de las cámaras de CCU se pudo determinar que el imputado salió de la zona del Barrio San Gabriel, por lo que funcionarios policiales concurrieron al lugar, obteniendo filmaciones de cámaras de seguridad propiedad de un funcionario policial que vive en el Barrio referido: BB, donde se visualizó al imputado circular en bicicleta por calle Unión en dirección a Avenida Ferreira Aldunate. Asimismo, avistaron un hombre en las calles Calma y Unión, el cual se mostró nervioso ante la presencia policial y cuyas características físicas coincidían con las descripciones aportadas por el denunciante procedieron a identificarlo, resultando ser AA.
Confesión
La misma persona, AA, en ese momento confesó ser el autor del delito investigado ante los funcionarios policiales, manifestando que parte de la ropa que vestía al momento del hecho la tiró a una cañada cercana, acercándose al lugar un niño el cual expresó a los efectivos policiales que él había encontrado ropa en dicha cañada, entre ellas un gorro visera con una letra B al frente, con iguales características al que se observa en las filmaciones llevaba puesto el imputado al momento del hecho, y se los entregó, por lo cual se incautó el mismo”
La Fiscalía solicita la prórroga de la medida cautelar de prisión preventiva por el término de 90 días, en virtud de considerar que se mantienen los riesgos procesales que se tuvieron en cuenta para su imposición, o sea, el riesgo de fuga y el peligro para la víctima y la sociedad.











