Maldonado: en el primer semestre del año cayeron las denuncias de hurto y de rapiña y aumentaron los homicidios

Entre el 1º de enero y el 30 de junio del año fueron denunciadas noventa y cinco rapiñas; en el mismo periodo del 2023 se denunciaron ciento diecinueve

En el departamento de Maldonado entre el 1º de enero y el 30 de junio hubo un homicidio cada veinte días, una denuncia de rapiña cada dos días y una denuncia de hurto cada cuatro horas. En ese período las denuncias de rapiñas y de hurtos disminuyeron respecto del mismo semestre del año 2023, según las cifras dadas a conocer el pasado viernes por el Ministerio del Interior. En tanto, en primer semestre del año en curso los homicidios aumentaron un ochenta por ciento respecto del mismo periodo del 2023.
En el ámbito de la Jefatura de Policía de Maldonado en el primer semestre del año fueron denunciadas noventa y cinco rapiñas. En el mismo periodo del 2023 se denunciaron ciento diecinueve rapiñas, una reducción del veinte por ciento.
En los primeros ciento ochenta y dos días del 2024 fueron denunciados 2465 hurtos contra los 2465 del mismo periodo del 2023.

Definiciones

RAPIÑA
Se clasifican como Rapiñas todos los incidentes en que se sustrajo o intentó sustraer, por medio de la fuerza o amenaza de uso de la fuerza, cualquier objeto o propiedad, al cuidado o bajo la custodia de otra o varias personas

HURTO
Se entiende por hurto cualquier acto que implique sustraer, tomar o apartar ilegalmente cualquier propiedad o bien mueble de la posesión, control o custodia legítimos de cualquier persona. A modo de ejemplo, incluye delitos como el hurto de vehículos de motor, el hurto de piezas de vehículos, el hurto de efectos depositados en el interior de viviendas y vehículos, el hurto de artículos comerciales del interior de tiendas, el “arrebato” de carteras o teléfonos celulares, el hurto de bicicletas, etc.; siempre y cuando ninguno de estos hechos impliquen violencia abierta, la amenaza de violencia o el fraude.

HOMICIDIO
Por Homicidio se entiende la muerte infligida a una persona en forma intencional e ilegal, por otra u otras. Se excluyen, pues, las muertes causadas por negligencia, suicidio o accidente, así como los decesos que son fruto de actos de funcionarios policiales en cumplimiento de la ley o de acciones realizadas por civiles en legítima defensa. Esta definición es consistente con la que emplean la mayoría de los organismos internacionales (por ejemplo la Oficina de Naciones Unidas para el Crimen y las Drogas), y de los cuerpos de Policía del mundo. Por tal motivo, su empleo facilita la realización de comparaciones internacionales que revisten considerable importancia tanto para fines prácticos como de investigación científica.