Justicia dispuso este lunes la disolución de la firma Conexión Ganadera Limitada

“Este decisor comparte con el órgano concursal que la solicitud de autorización para disponer de los bienes de activo biológico cumplirá mejor con la expectativa de todos los acreedores, y sus créditos serán, en definitiva, mejor protegidos”, sostuvo el juez letrado Leonardo Méndez

El juez letrado Leonardo Méndez dispuso este lunes la disolución de la firma Conexión Ganadera Limitada, el cese de sus administradores y la suspensión de la junta de acreedores.
“Este decisor comparte la posición recogida por reconocida doctrina, en el sentido de que la concursada puede solicitar la liquidación de la masa activa al amparo de lo dispuesto en el art. 168 de la LCRE, no solamente al impetrar la declaración de concurso voluntario, sino también en otras etapas concursales, al advertir que su estado de insolvencia resulta irreverisible, o bien porque no ve posible la proposición y/o cumplimiento de un convenio concursal”, sostuvo la resolución del magistrado a cargo del concurso de la firma ganadera,
En el mismo decreto, Méndez, ordenó la liquidación de la masa activa de CONEXIÓN GANADERA LTDA. El juez tuvo como presente los fundamentos expuestos por el síndico de la causa, el abogado Alfredo Ciavattore, quien solicitó la autorización correspondiente para, en su rol de administrador de la masa activa del concurso, disponer de la misma a efectos de su mejor conservación y administración.

Única alternativa
“Este decisor comparte con el órgano concursal que la solicitud de autorización para disponer de los bienes de activo biológico cumplirá mejor con la expectativa de todos los acreedores, y sus créditos serán, en definitiva, mejor protegidos con los fondos que se depositarán en cuenta a la orden de la Sede y bajo el rubro de autos, de forma de ir reduciendo los costos asociados al mantenimiento de dicho activo (gastos posconcursales). En este sentido, este decisor comparte que la única alternativa viable es dictar la orden judicial especial impetrada para autorizar a la Sindicatura a trasladar o vender los animales registrados ante el MGAP que no estén consignados a favor de la concursada”, sostuvo el magistrado.
Por esta razón el juez libró órdenes de apertura de cuenta en pesos uruguayos y dólares americanos estadounidenses.
Autorizar a la Sindicatura el traslado y/o venta de los animales que no se encuentren consignados a favor de Conexión Ganadera Ltda., oficiándose al Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca para que emita las guías de propiedad y tránsito necesarias para poder concretar las operaciones que la Sindicatura le solicite directamente. Asimismo, se autorizó al MGAP la entrega de caravanas al número de DICOSE 111027714 de HERNANDARIAS XIII S.A.G.R.L., a fin de colocarlas y marcar los terneros y terneras recién nacidos, y evitar la pérdida de valor de este activo biológico, en especial, la consecuencia derivada de no poder destinarlos posteriormente a exportación, lo que se incluirá en la comunicación al MGAP a sus efectos. La Sindicatura cumplirá con la oportuna rendición de cuentas cada vez que proceda a las ventas que se autorizan por el presente decreto”, señaló el juez