
El Juzgado Contencioso Administrativo de 2º Turno, a cargo del Dr. Alejandro Martínez de las Heras, resolvió este lunes la liquidación definitiva del lucro cesante que el Poder Judicial debe abonar a Ricardo De la Fuente Recuero, quien permaneció injustamente preso entre mayo de 2009 y mayo de 2016.
La sentencia interlocutoria aprobó la liquidación presentada por la demandada y desestimó la del actor, que pretendía 16.435.353 pesos. El monto final quedó establecido en 12.420.593,90 pesos actualizado a septiembre de 2025, con la salvedad de que seguirá generando reajuste por Decreto Ley 14.500 e intereses legales hasta el efectivo pago.
Detalle de los rubros aprobados
Salarios no percibidos en el cargo de “Auxiliar de Slots” en el ex Hotel Conrad: $ 6.873.443,29
Propinas no percibidas (período 2009-2016): $ 5.547.150,57 Total: $ 12.420.593,90
El juez rechazó el cálculo del actor que tomaba un promedio mensual de propinas de U$S 958,65 y aplicaba IPC sobre su equivalente en pesos. En cambio, acogió el planteo del Estado que utilizó la base de U$S 924,07 mensuales que el propio De la Fuente había reclamado en la demanda original (según informe de la Comisión de Propinas del Conrad de enero de 2021), considerando que no corresponde condenar por encima de lo pedido (principio de congruencia) ni duplicar actualización sobre una moneda extranjera que ya contiene reajuste propio.
Antecedentes
De la Fuente fue condenado en 2009 y permaneció siete años privado de libertad hasta que en 2016 obtuvo la libertad por gracia. Posteriormente demandó al Estado por responsabilidad judicial. En 2023 obtuvo sentencia favorable de primera instancia (parcial), confirmada con modificaciones por el TAC 5º Turno y, finalmente, por la Suprema Corte de Justicia en abril de 2025 (sentencia de casación Nº 399/2025), que ordenó calcular reajustes e intereses “desde que cada suma debió ingresar al patrimonio del accionante”.
La liquidación se tramitó por el procedimiento especial del art. 378 del Código General del Proceso. Baluma S.A. (Enjoy Punta del Este) informó la evolución salarial del cargo, pero aclaró que no posee registros de propinas porque su cálculo y reparto lo realiza directamente la Comisión de Propinas, ajena a la empresa.
Próximos pasos
El juez ordenó oficiar al Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) para que, una vez firme la resolución, realice el depósito en cuenta bancaria que designe el actor. El MEF deberá efectuar los descuentos legales por cargas sociales que correspondan, tal como lo había dispuesto la sentencia de primera instancia en 2023. No se impusieron sanciones procesales ni costas especiales. Se reguló honorarios fictos en $ 150.000.Con esta resolución queda cerrada la etapa de liquidación del daño patrimonial, aunque el monto continuará actualizándose hasta el día del pago efectivo.
Ricardo José de la Fuente pasó casi ocho años encarcelado por un homicidio que no cometió por el cual la fiscalía le había pedido doce años de penitenciaría. Estuvo preso en la cárcel de Las Rosas desde el lunes 25 de mayo de 2009 hasta el martes 12 de mayo de 2016, día en que recuperó la libertad por gracia de la Suprema Corte de Justicia.
Luego de once años de idas y vueltas, finalmente la justicia absolvió a De la Fuente, que había sido procesado el 25 de mayo de 2009 por el homicidio de Laura Karina Busquet, ocurrido el 2 de octubre del año anterior. El crimen de Laura Karina Busquet permanece impune, según se desprende del fallo judicial.
Para De la Fuente fueron 2544 días de prisión injusta. El caso que lo involucró fue cerrado el pasado viernes cuando quedó firme la sentencia absolutoria dictada el 16 de julio de 2019 en el juzgado letrado de 10º turno de Maldonado.












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