Retiraron las sombrillas y las reposeras que copaban la Playa Brava irregularmente

Los encargados de edificios ya habían sido advertidos de que cometían una falta desde hace varias semanas

La Dirección General de Gestión Ambiental podrá suspender temporalmente la autorización en caso de que las condiciones sean incumplidas y la infracción sea reiterada.

Finalmente, la comuna procedió a limpiar las playas de sombrillas y reposeras colocadas por administradores de edificios en flagrante violación de una normativa municipal. Como sucede cada año, la situación había generado roces, resquemores y protestas de parte del público que todos los días se encontraba con las playas copadas por sombrillas vacías de los edificios cercanos.
Esta vez, “ante el incumplimiento reiterado de la normativa sobre prestación del servicio de sillas y sombrillas por parte de algunos edificios, la Intendencia de Maldonado procedió al retiro de elementos en varios puntos de la Playa Brava”, informó ayer la comuna.
Además, la directora de Medio Ambiente de la IDM, Bethy Molina, explicó que antes del comienzo del verano “cuando se entregaron los permisos a las administraciones de los edificios se les dejó en claro cuál es la ordenanza vigente”. A pesar de eso, “se reciben denuncias y se constataron irregularidades en algunas zonas”. También recordó que en el mes de enero la Intendencia de Maldonado los convocó a una reunión “justamente para solicitar que el servicio prestado se ajustara a la normativa vigente, la cual tiene por objeto principal asegurar el uso público del espacio costero”.

Regulado
La resolución N° 06542/2015, que regula la colocación de sombrillas y reposeras en la zona de playa -correspondientes a los servicios prestados por edificios y complejos- establece en su artículo 5° que antes de la hora 9 se podrán instalar hasta tres sombrillones y seis reposeras a una distancia no inferior a los 10 metros de la línea de la rompiente de la ola. “Esos implementos deberán ser retirados de inmediato al irse los usuarios; sólo se podrán instalar implementos que excedan los ya mencionados ante solicitud de usuarios que ocupen inmediatamente esos espacios. Los insumos que no se estén empleando, tendrán que ser acopiados transitoriamente en la parte alta de la playa y siempre delante del pie del talud de dunas con el fin de evitar daños a las estructuras especialmente colocadas para la recuperación de la playa”, dice la norma.
En su artículo 15°, esa resolución establece lo siguiente: “Ante el incumplimiento de las condiciones establecidas en la presente Resolución y ponderando la gravedad y reiteración de la infracción, la Dirección General de Higiene y Medio Ambiente podrá suspender temporalmente la autorización, retirar y/o incautar los implementos utilizados y revocar de forma inmediata la misma”.
Molina indicó que “al amparo de este artículo se procedió al señalado retiro de sillas y sombrillas, labrando el acta correspondiente y estando los inspectores de la Intendencia acompañados por personal de Prefectura”.