Tribunal confirma formalización contra acusado por lesiones y tráfico de drogas en Maldonado

El fallo, dictado en segunda instancia, desestima los recursos de la defensa, que alegaba vulneraciones a garantías procesales y evidencia "contaminada"

El Tribunal de Apelaciones en lo Penal de Tercer Turno confirmó las resoluciones judiciales que autorizaron la incautación y análisis de un teléfono celular, así como la formalización de la investigación contra AA por presuntos delitos de lesiones personales intencionales agravadas (como coautor), suministro de sustancias estupefacientes y tráfico interno de armas y municiones, todos en reiteración real.
El fallo, dictado en segunda instancia, desestima los recursos de la defensa, que alegaba vulneraciones a garantías procesales y evidencia “contaminada”. Los hechos se remontan al 20 de mayo de 2025, cuando ocurrió un incidente con disparos en Maldonado que dejó a un hombre lesionado.
AA fue detenido, y en su poder se encontró un teléfono celular sin PIN de bloqueo. El 16 de junio, la Jueza Letrada de Primera Instancia de 11° Turno, Dra. Sylvana García Noroya, dictó la Resolución, autorizando la incautación del dispositivo y su análisis para obtener evidencia relacionada con los disparos. Al día siguiente, en audiencia, se formalizó la investigación, imputando a AA los delitos mencionados, basada en comunicaciones del celular que sugerían venta de drogas, incautaciones en la vivienda de su pareja DD (cocaína y cartuchos), declaraciones de testigos, imágenes de cámaras y análisis periciales. La defensa, a cargo del Dr. Rafael Silva García, interpuso recursos de reposición y apelación. Argumentó que el celular ya estaba incautado antes de la orden judicial, violando la cadena de custodia, y que el análisis fue una “búsqueda exploratoria” sin límites claros, excediendo el objeto (los disparos) y vulnerando la intimidad y el debido proceso. Afirmó que la policía accedió al contenido sin autorización previa, citando el caso de CC (amiga de DD), quien entregó su celular bajo presión y fue interrogada con datos extraídos ilegalmente. Respecto a la inspección en la casa de DD, alegó falta de orden judicial y consentimiento viciado por coacción, intimidación y engaño, invocando la doctrina del “fruto del árbol envenenado”: toda evidencia derivada debe excluirse. Sin ella, sostuvo, no hay elementos para imputar los delitos de drogas y armas, solicitando revocar la formalización en esos puntos y declarar ilícitas las pruebas.

Evidencias válidas
La Fiscalía, representada por la Dra. María Elvira Olazabal, rechazó los recursos por improcedentes y precluidos. En audiencia, defendió la validez de las evidencias: comunicaciones del celular vinculaban a AA con venta de estupefacientes; testigos confirmaban su rol en una “boca” de drogas; y la inspección en la vivienda de DD fue con autorización voluntaria de la adolescente y su padre. Solicitó prisión preventiva por 120 días, que fue impuesta, aunque la defensa renunció a apelar esa medida específica. El Tribunal, integrado por el Dr. Julio Olivera Negrín como redactor, asumió competencia y dictó sentencia interlocutoria anticipada. En los considerandos, aclaró que la renuncia de la defensa fue solo al recurso contra la prisión, no a los otros. Sobre la Resolución, rechazó los agravios: la incautación formaliza el paso del celular a la investigación, no se confunde con su mera ocupación; el objeto estaba delimitado a los hechos relatados por la Fiscalía; y las acusaciones de acceso previo policial son “elucubraciones” sin prueba, no respaldadas por lo ocurrido con CC o DD. Respecto a la formalización, el Tribunal enfatizó que basta con elementos objetivos suficientes para identificar el delito y al responsable. La defensa se allanó al delito de lesiones, lo que justifica el inicio del proceso. Para los otros delitos, hay evidencias independientes (testigos, municiones incautadas) que respaldan la imputación “prima facie”, sin perjuicio de debatir la legalidad de pruebas en etapas posteriores. No se trata de culpabilidad, sino de viabilizar la investigación. Las críticas de la defensa deben ventilarse en juicio oral, donde se producirá la prueba. Así, las evidencias argumentadas por la Fiscalía son suficientes, ajustadas a derecho, con apariencia delictiva y vinculación típica. El fallo confirma ambas resoluciones y ordena devolver los autos al Juzgado de origen. Sin embargo, la doctrina del “árbol envenenado” podría resurgir en instancias futuras si se prueban irregularidades. AA permanece en prisión preventiva.