Tribunal confirmó prisión preventiva para un individuo relacionado con un ataque a balazos en Maldonado Nuevo

Las cámaras del CCU captaron el ataque, y un relevamiento de redes sociales mostró al acusado junto a otros individuos con armas de fuego similares a las descritas por la víctima, en una foto con la leyenda "avísenle", tomada minutos después del incidente

El Tribunal de Apelaciones en lo Penal de Tercer Turno, integrado por los ministros Julio Ernesto Olivera Negrín y José María Gómez Ferreyra, confirmó la prisión preventiva por 120 días contra un individuo que fue formalizado por coautoría en lesiones personales intencionales agravadas, y como autor de suministro de sustancias estupefacientes y tráfico interno de armas y municiones, en reiteración real.
La decisión rechaza el recurso de apelación interpuesto por la defensa, manteniendo la medida cautelar hasta el 14 de octubre de 2025. El caso se originó el 17 de junio de 2025, cuando AA fue formalizado tras una investigación iniciada por un ataque a balazos contra un joven de 19 años, quien circulaba en moto y recibió un disparo en el glúteo. Según la fiscalía, a cargo de Sebastián Robles y Elvira Olazábal, AA participó junto a otro individuo (DD) que ya fue condenado en el tiroteo, motivado posiblemente por disputas territoriales relacionadas con el narcotráfico. Las evidencias incluyen declaraciones de la víctima del disparo, quien identificó a AA como conductor vestido de campera negra y pantalón deportivo, y mencionó su presencia en una “boca” de drogas en la calle Agapito Parabera.
Durante allanamientos en esa zona, se incautaron estupefacientes, balanzas y municiones, deteniendo a EE, condenado por suministro. Las cámaras del CCU captaron el ataque, y un relevamiento de redes sociales mostró a AA, DD y otro individuo con armas de fuego similares a las descritas por la víctima, en una foto con la leyenda “avísenle”, tomada minutos después del incidente. La fiscalía también presentó mensajes extraídos del celular de AA, incautado el 16 de junio y analizado tras autorización judicial.
Estos revelan negociaciones de drogas con su novia GG y alertas en tiempo real sobre allanamientos, sugiriendo entorpecimiento de la investigación. Un certificado médico forense confirmó las lesiones de BB, y antecedentes de AA en el RNAJ refuerzan la imputación.
En la audiencia del 30 de julio, la jueza Sylvana García Noroya mantuvo la prisión preventiva (Res. 2148/2025), argumentando semiplena prueba y riesgos procesales.

Apelación
La defensa, representada por Rafael Silva y Sebastián Beracochea, apeló alegando que los chats no prueban tráfico bajo el art. 224.2.k del CPP, ya que AA es consumidor. Criticaron la cadena de custodia del celular: un informe policial anónimo del 17 de junio, sin firma ni autor, y discrepancias en actas de incautación, lo que, a su juicio, tornaría ilícita la evidencia. Afirmaron que la fiscalía hizo referencias vagas a testigos sin identificarlos, violando la igualdad de armas y el derecho de defensa. No se mencionaron amenazas a BB en evidencias iniciales, y cuestionaron la prisión como “última ratio”, proponiendo arresto domiciliario con tobillera y prohibición de acercamiento. La fiscalía replicó que la apelación reabre debates precluidos sobre semiplena prueba y cadena de custodia, sin demostrar cambios fácticos que eliminen riesgos. Subrayaron presunciones del art. 224 CPP para delitos de drogas y armas, reforzadas por fotos armadas y mensajes que evidencian obstrucción. No hay modificación en circunstancias que justifiquen revocar la medida, y los riesgos persisten: entorpecimiento (AA alertaba sobre allanamientos), fuga por gravedad de penas (hasta años de cárcel), y peligro para BB, amenazado previamente y conocido por AA.
El tribunal confirmó la resolución, destacando que la apelación no acredita desaparición de presupuestos procesales. Recordó que la prisión preventiva es excepcional, pero proporcional aquí, bajo el principio “rebus sic stantibus” (mientras las cosas permanezcan iguales). Citando doctrina, rechazó presunciones automáticas que vulneren la inocencia, pero halló elementos concretos: vinculación con narcotráfico organizado, donde “bocas” operan en clandestinidad e intimidan testigos. Persisten riesgos de obstaculización (influencia en testigos/coimputados), fuga por quantum penal, y seguridad de la víctima.