Nuevamente la justicia condenó al MSP a entregar costoso medicamento a un paciente de Maldonado

Una abogada del MSP interpuso un recurso de apelación contra la sentencia definitiva de primera instancia dictada el 23 de diciembre de 2024; el pasado 3 de abril un Tribunal del Apelaciones confirmó el fallo

El Tribunal de Apelaciones en lo Civil de 2º turno confirmó el pasado 3 de abril un fallo en primera instancia de un recurso de amparo que condenó al Ministerio de Salud Pública a suministrar el fármaco Atezolizumab a un paciente de 49 años de La Asistencial Médica de Maldonado portador de un cáncer de pulmón a células no pequeñas (carcinoma neuroendocrino de alto grado) metastásico.
Contra ese fallo en primera instancia, los abogados del Ministerio de Salud Publica interpusieron un recurso de apelación por entender que no se cumplen los requisitos necesarios para que prospere la acción de amparo, ya que su accionar no puede ser calificado como manifiestamente ilegítimo.
La sentencia en primera instancia fue dictada el pasado 23 de diciembre de 2024 por el Juez letrado de 13º turno, Gustavo Nicastro Seoane.
La doctora Virginia Suárez del MSP fue quien interpuso el recurso de apelación contra la sentencia definitiva de primera instancia. En lo medular, manifestó que la impugnada realizó una errónea valoración de la prueba emergente de autos y aplicó un encuadre jurídico equivocado. A su juicio el MSP no incurrió en ilegitimidad manifiesta, en tanto el medicamento solicitado fue incluido en el FTM, por la Ordenanza 1938 que actualizó el FTM, para el tratamiento de la enfermedad que padece el actor, bajo cobertura del FNR.

Antecedentes del caso
El paciente de 49 años, es portador de un cáncer pulmón a células no pequeñas (carcinoma neuroendocrino de alto grado) metastásico diagnosticado el pasado mes de setiembre.
Frente a esta grave patología de salud, su médico tratante en conjunto con el Comité de Tumores de la Mutualista resolvió indicarle tratamiento sistémico de quimioterapia en base a sal de platino más inmunoterapia adicional en base a ATEZOLIZUMAB. Esta droga no se encuentra en el PIAS para la patología exacta del promotor, está incluida en el FTM, pero para otro tipo de cáncer de pulmón. Se trata de un medicamento de alto costo, y el accionante probó su imposibilidad económica para pagar el mismo.
El médico tratante fue contundente al afirmar que el fármaco solicitado mejora la calidad de vida, así como la sobrevida global del paciente, lo que fue confirmado por el ateneo oncológico celebrado. Resultó probado, además, que, dado el estado actual del paciente, y la característica de su enfermedad, no existe otro tratamiento incluido en el FTM, ni cubierto por el PIAS, ni por el FNR, que éste pueda recibir.