Tribunal de Apelaciones confirmó proceso por contrabando y mantuvo incautación de Chevrolet Camaro paraguayo

El demandado había interpuesto recursos de reposición y apelación alegando ser ciudadano paraguayo con residencia y empresa en ese país

El Tribunal de Apelaciones en lo Civil de 5º Turno confirmó el pasado 6 de junio, la sentencia de primera instancia dictada por la Jueza Letrada de Maldonado de 4º Turno, que dispuso el inicio de la etapa sumarial del proceso infraccional aduanero contra un ciudadano identificado como AA, por la presunta comisión de una infracción aduanera de contrabando. Asimismo, se mantuvo la incautación y depósito del vehículo involucrado, un Chevrolet Camaro de matrícula paraguaya.
El demandado había interpuesto recursos de reposición y apelación alegando ser ciudadano paraguayo con residencia y empresa en ese país desde 2023, y que el vehículo había ingresado a Uruguay por aduana sin carácter clandestino. También argumentó que los funcionarios que realizaron la aprehensión no fueron citados a declarar, y que la permanencia del automóvil en el país obedecía a una causa de fuerza mayor vinculada a problemas de salud familiar.
Sin embargo, el Tribunal rechazó todos los agravios. Respecto a la residencia del imputado, la Fiscalía destacó que en sus propias declaraciones ante la Dirección Nacional de Aduana, el denunciado manifestó ir y venir de Paraguay por razones sentimentales y de trabajo, y señaló que “este país me retiene”, evidenciando vínculos estrechos con Uruguay. Por otro lado, el acta de incautación del 23 de abril de 2025 acreditó que el vehículo había ingresado al país el 14 de setiembre de 2024, superando ampliamente los plazos permitidos de estadía sin la documentación aduanera vigente.
El Tribunal subrayó que en esta etapa no se requiere certeza sino elementos de convicción suficientes para justificar la apertura del sumario, conforme al artículo 209 del Código Aduanero, que tipifica el contrabando como toda acción de entrada o salida de mercadería sin documentación correspondiente que implique pérdida de renta fiscal o violación de requisitos esenciales para la importación.
Las costas y costos del proceso fueron impuestos al apelante.