
Susana Giménez enfrenta una denuncia penal en su contra de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) de la República Argentina por la presunta comisión de un delito de evasión tributaria.
El monto reclamado ronda los cincuenta millones de pesos argentinos, entre 25 y 50 mil dólares de acuerdo a qué tipo de cotización se emplee para su cálculo. Además, por existir en el vecino país el delito de evasión tributaria Giménez, que reside y trabaja en Punta del Este, puede enfrentar una pena de cárcel de entre tres y nueve años de reclusión.
Empero, la demanda, si se toman los ajustes por mora y multa puede trepar a una cifra entre 1 y 3 millones de dólares, otra vez dependiendo del tipo de cotización que se tome.
La denuncia penal fue radicada el pasado jueves en los tribunales porteños del fuero en lo penal económico, más precisamente en el juzgado a cargo del doctor Diego Amarante.
“La acusación contra Susana es por haber “ocultado su realidad fiscal a través de la omisión de presentar la declaración jurada del Impuesto sobre los Bienes Personales por el período fiscal 2019″. Según comentaron al diario argentino Clarín fuentes oficiales, la información que negó Susana es la base para el pago del tributo. La diva sí presentó otros requisitos tales como la declaración jurada de patrimonio, que permitieron al organismo determinar que la deuda era de 50 millones, informó Clarín.
Confiscatorio
“Se negó sistemáticamente a presentar la DDJJ de Bienes Personales, aduciendo que la reforma sancionada por el Congreso a fines de ese año es ‘confiscatoria'”, explicaron.
Se trata de la Ley 27.541, de solidaridad social y reactivación productiva, que declaró la emergencia pública e instrumentó la administración de Alberto Fernández en sus primeros días de gobierno. Uno de los puntos era la suba de la tasa del impuesto para bienes en el exterior de 0,25 a 2,25. La diva sostiene que es “confiscatorio”.
Susana solicitó una cautelar en el marco de una acción declarativa de inconstitucionalidad (JNCAF 10 – Expte 2254/21) por el aumento de la alícuota de Bienes Personales de 2019. La medida fue rechazada por el juzgado primero y luego fue apelada.











